martes, 8 de abril de 2014

Problemas en el aeropuerto: cuáles son los más habituales y cómo reclamar

Los conflictos que te pueden surgir al tomar un avión y qué puedes hacer para resolverlos 



Empieza la cuenta atrás para las vacaciones de Semana Santa y son muchos los que ya están pensando en hacer maletas para poner rumbo a unas merecidas vacaciones. Pensando en aquellos que van a hacer uso del avión para llegar a su destino, reclamador.es, la web de reclamaciones aéreas en España, recuerda los derechos de los pasajeros ante retrasos, cancelaciones o problemas con el equipaje y en qué casos se puede reclamar a una compañía aérea, cuánto podemos exigir y cómo hacerlo. 

1. Retraso del vuelo 


Los pasajeros tienen derecho a información desde el primer momento, derecho de asistencia a partir de las 2 horas de retraso y compensaciones económicas si el vuelo se retrasa más de 3 horas. En cuanto a estas indemnizaciones, se cuantifican en los siguientes importes: 250 euros para vuelos de corta distancia; 400 euros para media; y 600 euros para todos los vuelos de larga distancia. 

2. Cancelación 


En cuanto a las compensaciones, la ley establece las mismas que en el apartado de retrasos, de entre 250 y 600 euros según la distancia. Además, la aerolínea deberá ofrecer al pasajero la posibilidad de que opte entre el rembolso en siete días del coste íntegro del billete y un vuelo de vuelta al primer punto de partida lo más rápidamente posible si fuere necesario, o la conducción hasta el destino final en condiciones de transporte comparables. También deberá ofrecer comida y refrescos suficientes en función del tiempo que sea necesario esperar, alojamiento en un hotel en el caso que sea necesario pernoctar una o varias noches, y transporte hasta el alojamiento. Es importante conocer que el transporte alternativo o devolución del billete es adicional a la indemnización. 

3. Overbooking 


Las denegaciones de embarque de este tipo también contemplan las compensaciones económicas vistas en los apartados de retrasos y cancelaciones. La pregunta que muchos se hacen es el porqué se produce el overbooking. Las aerolíneas calculan que una pequeña parte de los viajeros no se presentan finalmente en el aeropuerto o cancelan sus reservas, y por eso emiten más billetes que asientos de la aeronave. Es una práctica comercial legal, que está permitida en la Unión Europea. Cuando se produce una sobreventa, puede derivar en que la compañía aérea deniegue el embarque a los pasajeros en un vuelo contratado. En caso de pedir a los viajeros que se presenten voluntarios para que renuncien a sus reservas, la aerolínea deberá ofrecerles diferentes opciones desde reembolso del coste del billete, traslado al destino final lo antes posible o cheques de viajes. 

En caso contrario, si el pasajero no acepta voluntariamente lo que le ha ofrecido la compañía aérea, tiene derecho a las indemnizaciones de entre 250 y 600 euros según la distancia del vuelo, además de transporte alternativo o devolución del billete. 

4. Extravío o deterioro de equipaje 


Se pueden exigir hasta 1.300 euros por daño, retrasos o incidentes con las maletas, pero es necesario tramitar el denominado Parte de Irregularidad de Equipaje (P.I.R.) en el mostrador de la compañía aérea, y en su defecto, en los stands de AENA. Este trámite es muy importante efectuarlo porque de lo contrario se presume que el equipaje ha sido entregado correctamente y en buen estado y no cabría reclamación contra la aerolínea. El plazo para tramitar el P.I.R. es de 7 días en caso de daños en el equipaje, o de 21 días si se retrasa o desaparece. Pero es recomendable hacerlo tras aterrizar y antes de abandonar el aeropuerto.
Además, si el viajero va a llevar objetos costosos en la maleta, es conveniente hacer una declaración de valor al facturar, para poder solicitarlo en caso de sufrir algún incidente. De lo contrario, es muy difícil demostrar lo que falta o está deteriorado. 

Fuente: ABC

No hay comentarios:

Publicar un comentario